RELACIÓN DE LAS TRES LEYES DE LA EDUCACIÓN EN MÉXICO.
Resulta relevante, tomar en cuenta las leyes educativas que se establecen en el Diario Oficial de la Federación, por las cuales, sé que rigen el magisterio, a partir de diversos aspectos.
En un primer momento toma relevancia el ingreso al servicio profesional docente a partir de diversos mecanismos establecidos, que permiten identificar aspectos en cuanto habilidades de los participantes, así como el reconocimiento que se les hace a los actores educativos (docentes, directivos y supervisores), además de mencionar que se deben someter a un concurso para poder obtener cualquiera de estos puestos.
En un segundo momento el cual refiere a la ley de educación que actualmente engloba la Nueva Escuela Mexicana, sin embargo, se retoma la establecida en 1993, la cual refiere a Todo individuo tiene derecho a recibir educación de calidad en condiciones de equidad. En un tercer momento, se habla de la ley de evaluación en donde diferentes organismos intervienen con el fin de la mejora educativa y proponen políticas e insumos para la evaluación del alumnado, sin dejar de lado las pruebas estandarizada que desde mis perspectivas tienen debilidades puesto que son pruebas que no identifican el contexto de los alumnos a los que se les es aplicado.
Estas leyes expresan justamente el comportamiento y la dinámica del proceso de enseñanza - aprendizaje que como tal lleva implícito una lógica, una secuencia de etapas que constituyen elementos consustanciales al mismo. Aún entre entendidos en la materia las leyes son conocidas y algunos hablan de un sistema de principios didácticos, lo cual operó por mucho tiempo; aunque en la Didáctica el término principio no tiene una generalidad mayor que el de ley. El objetivo de la ley en la educación es un proceso de formación permanente, personal, cultural y social que se fundamenta en una concepción integral de la persona humana, de su dignidad, de sus derechos y de sus deberes y la prestación del servicio educativo.
Ley General de Educación
La Ley General de Educación fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13 de julio de 2018, con el objetivo principal de regular la educación que imparten el Estado, las entidades federativas y municipios, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios. En pocas palabras busca promover, fortalecer y garantizar la educación de calidad.
Dicha ley se divide en 8 capítulos y contiene 85 artículos, donde se dictaminan las disposiciones generales de los servicios educativos. En general se describe la equidad de la educación y el derecho a ella. Las modalidades educativas que serán impartidas por instituciones gubernamentales o privadas. La validez y certificación de los conocimientos, las sanciones, la infraestructura y los recursos administrativos. Obliga a las autoridades educativas a prestar servicios educativos de calidad a todos los residentes del país y está sujeta a la comprensión de la población en general, incluso hacia grupos sujetos a protección especial, entre ellos: mujeres, indígenas, afrodescendientes y personas con capacidades diferentes. Cabe mencionar que la Ley General de Educación de México, exige a los residentes en dicho país que aprovechen este servicio, por lo cual deben cursar, por lo menos, los niveles básicos de educación, es decir: nivel preescolar, primaria y secundaria; es obligación de todos los mexicanos hacer que sus hijos o pupilos menores de edad cursen la educación preescolar, primaria y secundaria, por ende, se establece que los jefes de familia tienen la responsabilidad de verificar que sus hijos cumplan con este deber.
De acuerdo con el contenido de dicha ley, el estado está obligado a prestar los servicios educativos para que toda la población curse la educación preescolar, primaria y secundaria, sin excepciones y esta debe ser laica y gratuita (Artículo 5 y 6, Ley General de Educación, 1993). Lo que significa que no se debe pagar por el servicio educativo y no se discrimina a nadie por sus creencias. Los alumnos tendrán derecho a libros de texto gratuitos, se deberá cumplir con las horas de clase establecidas del servicio, no se podrá condicionar la inscripción, acceso a la escuela o aplicación de evaluaciones y exámenes. Los estudios realizados dentro del sistema educativo nacional tendrán validez en toda la república y no se condiciona la entrega de documentos que certifiquen sus conocimientos.
Ley General de Evaluación
Se expide la ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (INEE), publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de septiembre de 2013. En donde se tiene por objeto regular, el Sistema Nacional de Evaluación Educativa, y el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación. Reconociendo que el INEE, es un organismo público autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio. Mientras que el Sistema Nacional de Evaluación Educativa tiene como finalidad garantizar la prestación de servicios educativos de calidad, mediante la obtención, generación y difusión de información confiable, pertinente y técnica.
Dicho documento contiene 5 capítulos y 68 artículos en donde se retoma que la evaluación a la que refiere la Ley consiste en la acción de emitir juicios de valor que resultan de comparar los resultados de una medición u observación de componentes, procesos o resultados del Sistema Educativo Nacional con un referente previamente establecido (Capítulo I, Disposiciones Generales, Articulo 8). En relación con la evaluación del Sistema Educativo Nacional se llevarán a cabo evaluaciones, en el ámbito de su competencia las cuales se realizarán por las autoridades educativas, estas serán sistemáticas, integrales, obligatorias y periódicas (Ley General de Evaluación: Sección Segunda De las Competencias, Articulo 14). Así mismo, debemos de tomar en cuenta que este instituto diseñará y expedirá los lineamientos generales de evaluación educativa a los que se sujetarán las autoridades educativas para llevar a cabo las funciones de evaluación.
Para el cumplimiento de su objeto el Instituto, podrá fungir como autoridad, a nivel nacional, en materia de evaluación educativa, establecer una política nacional de evaluación de la educación que contribuya a mejorar la calidad del Sistema Educativo Nacional, realizar las mediciones que correspondan a componentes, procesos o resultados del Sistema Educativo Nacional, realizar y promover estudios e investigaciones destinados al desarrollo metodológico y técnico de la evaluación educativa, diseñar instrumentos destinados a evaluar de manera confiable, válida y periódica el nivel de logro de aprendizajes alcanzado por los alumnos.
Ley General del Servicio Profesional Docente.
Ley General del Servicio Profesional Docente, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de septiembre de 2013. Establece perfiles, parámetros e indicadores del Servicio Profesional Docente, con el fin de regular el Servicio Profesional Docente en la Educación Básica y Media Superior, y a su vez los derechos, obligaciones y sanciones derivadas de dicho servicio. En su contenido se encuentran 83 artículos, donde se menciona que la evaluación será obligatoria, así mismo, formula las condiciones y apoyos que permitirán favorecer el desarrollo profesional de los maestros a partir de diversos estímulos que permitan su ingreso en el sistema, la promoción, el reconocimiento y la permanencia.
Así mismo, contribuye al establecimiento de los propósitos del servicio profesional docente, para lo cual, plantea las siguientes, menciona el fortalecimiento de la educación laica y gratuita, de igual manera poder institucionalizar el servicio profesional docente para la mejora de la educación básica y media superior y establecer condiciones y apoyos que ofrezcan el desarrollo profesional. Habla de 3 aspectos relevantes, el primero refiere al ingreso, en donde la ley precisa términos y criterios conforme a los que se llevarán a cabo los concursos de oposición, Incluyendo a su vez la introducción de instrumentos y etapas que permiten una valoración de los candidatos que pretenden ingresar.
Otro aspecto, refiere a la promoción, en donde se establece que la evaluación es criterio central para las promociones en función a los conocimientos y las capacidades de los aspirantes. Es importante mencionar que además de las promociones a cargos administrativos y de supervisiones mediante el concurso de oposición. La ley propone otras promociones pares obtener incentivos adicionales, permanentes y temporales. El reconocimiento permite que tanto el personal docente, directivo o de supervisión destaque en su desempeño. Finalmente, el aspecto de permanencia en donde la ley prevé la aplicación de una evaluación integral que permita conocer el desempeño de docentes, directivos y supervisores. Además de proveer apoyo para cursar programas remediales y así mismo, prevé el establecimiento de un programa de regularización progresiva de las plazas directivas.
Relación de las tres leyes dentro de la educación.
Las tres leyes que se mencionan, son secundarias al Sistema Educativo Mexicano y en conjunto dictaminan las normas, instituciones, recursos y tecnologías destinados a ofrecer servicios educativos para la población mexicana. El propósito de crearlas, viene de la necesidad de regular los actores que integran la educación, iniciando por el derecho al servicio educativo, cerciorarse de que el servicio cumpla con lo que se ofrece y capacitar a los actores que integra el sistema, que en este caso son:
Personas: educandos, docentes, trabajadores de apoyo y asistencia al servicio de la educación y padres de familia.
Organismos públicos del sector: instituciones del estado o privadas, e instituciones de apoyo a la educación.
Elementos educativos: planes, programas, métodos y materiales educativos; documentos oficiales que acrediten los conocimientos de los estudiantes y funcionamiento del ámbito educativo.
Dichos elementos constituyen el Sistema Educativo, de los cuales cada uno cumple con una función vital para lograr alcanzar la equidad y el acceso en todos los niveles de la educación que, como sabemos es un derecho al que tienen todos los habitantes de México, por ende, se debe asegurar que esta sea de calidad.
La UNESCO (2010), define a la educación como un proceso intencional que pretende al perfeccionamiento del individuo como persona y la inserción de este, en el mundo cultural y social, entendiendo al proceso educativo como una parte activa en las sucesivas etapas de su larga y nunca concluida formación como individuo y como ser social.
No basta con solo prestar los servicios, sino que también se requiere hacer cumplir sus principios, en cuanto a calidad y cobertura, con el apoyo del estado. Es por esto que también se expide una ley de evaluación que va de la mano con el sistema para ofrecer las posibilidades necesarias para fortalecer y consolidar los aprendizajes, así como los logros de los objetivos o propósitos en cualquier campo de estudio. Se evalúa con el objetivo medir los productos del aprendizaje, los procesos por atender primordialmente, los contenidos centrados en las necesidades del educando y el docente, protagonista del proceso enseñanza-aprendizaje.
De acuerdo a la Secretaría de Educación Pública, el concepto de evaluación se refiere a “el proceso que permite obtener evidencias, elaborar juicios y brindar retroalimentación sobre los logros de aprendizaje de los alumnos a lo largo de su formación; por tanto, es parte constitutiva de la enseñanza y del aprendizaje” (SEP, 2011).
Esto quiere decir que se realiza una combinación de la educación y la evaluación para asegurar que el Sistema Educativo que se imparta será de buena calidad, ya que cada integrante de los diferentes grupos por así decirlo, tiene asignada una tarea distinta, la cual es parte de un proceso que dará como resultado una educación de calidad siempre y cuando el trabajo en equipo sea adecuado y con un objetivo positivo que brinde resultados satisfactorios. Debemos reconocer que los docentes cumplen un papel importante dentro de este sistema, por ende, el objetivo de crear una ley para laborar en el servicio permite establecer los perfiles, parámetros e indicadores que puedan regular los derechos y obligaciones con las que se deben cumplir, pero al mismo tiempo brindándole las condiciones y herramientas que favorezcan en su desarrollo profesional.
Conclusiones.
A lo largo del tiempo, estas leyes han estado en constante actualización, en ocasiones recuperando su esencia y con ello incrementando el alto grado de complejidad para poder atenderlas, por esto se requiere que los participantes se mantengan abiertos a los cambios que se proponen para la permanencia del docente en el servicio, que comienza desde el ingreso, en donde se establecen políticas que protegen y reconocen al mismo.
Estas leyes son realmente un beneficio para todos los participantes, pero eso no quiere decir que no debamos cumplir con nuestra parte. Una ley por sí sola no resolverá los problemas de la educación, para esto es necesario trabajar en la mejora de los mecanismos que integran el Sistema Educativo Nacional.
Se debe aprovechar el acceso a los servicios educativos, pero también se deben seguir normas. No veamos a la evaluación como el enemigo, sino como una oportunidad de mejorar para calidad educativa, de las prácticas docentes y la efectividad de los programas educativos.
La Ley General de Educación es conjunto de normas rectoras del sistema educativo nacional, es decir la educación que imparte la Federación, las entidades federativas y los municipios; sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios. En sus diversos capítulos está mandatado como operar y como vigilar que las diversas instituciones auxiliares, así como aquellas de naturaleza particular que imparten educación cumplan con la normatividad primero de la emanada de la propia constitución y segundo de las leyes secundarias. Lo anterior es de observancia nacional y por su naturaleza las disposiciones que contiene son de orden público y de interés social.
Bibliografía
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